Los seguros de vida cubren los riesgos que pueden afectar a la existencia, la salud o la integridad de cualquier persona. Entre ellos, podemos destacar los seguros de viajes, los seguros de accidentes y los seguros de decesos.
Hoy en Funeraria Aragón explicamos de forma detallada en qué consiste este seguro y cómo saber si se es beneficiario de él.
Desde Funeraria Aragón, nuestra funeraria en Zaragoza, ofrecemos nuestro apoyo en los momentos más difíciles, facilitando todos los trámites tras el fallecimiento de un ser querido.
Índice
¿Qué es un seguro de vida?
Cuando hablamos de seguro de vida nos referimos al pago de una cantidad concreta entre el tomador y la aseguradora para poder recibir una cuantía que sustituya la falta de ingresos del beneficiario en caso de fallecimiento o incapacidad. Dicha indemnización se puede estipular en su totalidad o con una renta mensual.
Para los seguros de vida riesgo que cubren los casos de muerte, el capital se recibe cuando el tomador del seguro fallece, independientemente del momento en el que tenga lugar la muerte.
Podemos decir que los seguros de vida cubren los riesgos de muerte natural, supervivencia o incapacidad. Este seguro obliga a la aseguradora a satisfacer al beneficiario un capital en el caso de muerte o supervivencia.
De esta manera se cubren las necesidades económicas que surjan con el fallecimiento del beneficiario. Según la póliza, el seguro puede hacerse cargo tanto de los gasto del entierro como de las deudas por la hipoteca e incluso de los gastos para la subsistencia de la familia.
Certificado de contrato: cómo acreditar el seguro de vida
Gracias a este certificado podemos constatar que los seguros están vigentes en el momento del fallecimiento así como la empresa con el que está contratado. Es decir, gracias a estos certificados de contrato se adjunta la información necesaria para que los interesados puedan conocer si una persona fallecida tenía un seguro.
¿Se puede saber si una persona que ha fallecido tenía seguro?
Hoy en día podemos conocer este tipo de información gracias al registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Así, se puede conocer si una persona fallecida había contratado un seguro de fallecimiento. Además, se puede saber con qué entidad se contrató para permitir a los posibles beneficiarios conocer realmente si lo son.
Es importante conocer que este trámite no puede realizarse hasta que no hayan transcurrido 15 días hábiles desde la fecha de fallecimiento. Por norma general, se puede presentar telemáticamente o con el cumplimiento del modelo 790.
¿Cómo puedo saber si soy beneficiario de un seguro de vida?
Como hemos mencionado anteriormente, existe un Registro de Contratos de Seguro en el que se puede consultar si la persona fallecida era titular de algún seguro. Para poder hacer la consulta, se puede realizar de tres formas distintas:
- Telemáticamente: A través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia en el que te informar el procedimiento paso a paso así como los requisitos para poder hacer toda la gestión.
- De forma presencial: asistiendo a las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia o en la Oficina Central de Atención al Ciudadano si te encuentras en Madrid.
El proceso a seguir sería el siguiente:
- Conseguir el Modelo 790, cumplimentarlo y pagar la tasa.
- Realizar la petición en el Registro General de Actos de última voluntad o en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia adjuntando el certificado literal de defunción de la persona que se quiere obtener el certificado.
- Se expedirá el certificado desde el Registro con los contratos vigentes en el que se indicarán las entidades con las que se están suscritos.
- Podrás recoger dicho certificado del mismo modo en que lo solicitaste.
- Deberás personarte en la entidad aseguradora para conocer si eres beneficiario del seguro y recibir la indemnización si se da el caso.
¿Qué ocurre si fallece una persona con seguro de vida?
Seguramente has visto más de una vez que en una película de crimen y misterio cierta persona muere, y su pareja termina con una suma considerablemente gorda de dinero y esto se debe a que el seguro de vida fue cobrado. Pero, ¿Qué es un seguro de vida realmente?, ¿Cuánto dinero vale la muerte de una persona?, ¿El seguro de vida sólo se cobra en caso de fallecimiento?
Lo primero que debemos sabes es, ¿Qué es un seguro de vida?
En pocas palabras se trata de una indemnización en caso de muerte o de algo que pueda perjudicar la existencia, además también cubre el riesgo de incapacidad, siempre y cuando se formalice un contrato de seguro de vida.
Como primer paso vamos a definir que partes son las que tienen participación en el contrato de seguro de vida.
- Aseguradora: en este caso es la empresa o persona que ofrece los servicios de cobertura contra el riesgo. Si ocurre un daño éste será el encargado de hacer el reparo de dichos daños.
- Tomador: es la persona que pacta y hace el contrato con la aseguradora. Normalmente este suele ser el asegurado, pero no de forma necesaria.
- Asegurado: es la persona que obtiene el derecho de la cobertura.
- Beneficiario: esta última, es la persona que recibe la indemnización en caso de daños ocasionados o perjuicios.
Es importante entonces aclarar que normalmente el tomador, el asegurador y el beneficiario son la misma persona, pero no es una condición única. La persona que suscribe el contrato de seguro de vida (el tomador) debe definir claramente quienes serán los beneficiarios; es decir, aquellos que recibirán la indemnización (ya sea bienes raíces, dinero, inmuebles, etc.) y también las cantidades de indemnización del asegurado en relación a los daños que pueden ser causados, como incapacidad o en el peor de los casos la muerte.
Plazos para seguros de vida
Esperar a que se pague un seguro de vida puede ser un proceso frustrante.
Algunas reclamaciones pueden tardar varios meses antes de ser aprobadas o denegadas, y a menudo son retrasadas varias veces por el asegurador. Los beneficiarios pueden empezar a preguntarse si alguna vez se les pagará, o si hay algún plazo en el que la compañía de seguros esté legalmente obligada a responder. Te contamos lo que debe saber para solicitar el pago del seguro de vida
¿Cuándo reclamar un seguro de vida?
Una vez se ha producido el fallecimiento de la persona asegurada tenemos un plazo de 7 días para avisar a la aseguradora del fallecimiento, con la excepción de que en el contrato o póliza se indique algo diferente.
Lo cierto es que con todos los trámites que hay que llevar a cabo cuando se produce una defunción 7 días parecen muy pocos, pero podemos estar tranquilos porque en caso de que no lo solicitemos la ley nos da hasta 5 años para reclamar ese seguro siempre y cuando no hayamos actuado con mala fe o dolo. Es decir, en caso de que se nos pasen los plazos las aseguradoras siguen estando obligadas a realizar el pago.
¿Cómo puedo saber si tenía un seguro de vida?
Si te encuentras con la duda de no saber si poseía o no un seguro de vida debes pedir el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento, el cual depende del Ministerio de Justicia.
Para presentar esta solicitud tenemos que esperar 15 días hábiles desde el fallecimiento de la persona en cuestión, así que ya estaríamos sobrepasando el plazo de 7 días habitual. En cualquier caso, recomendamos comunicar el fallecimiento a la aseguradora en el menor tiempo posible para evitar posibles problemas y reclamaciones por su parte.
En Pompas Fúnebres Aragón nos encargamos de realizar los trámites burocráticos necesarios en un fallecimiento. No dudes en contactar con nosotros si necesitas más información.