Ante la pérdida de un ser querido debemos enfrentarnos a un momento difícil. Por eso, en Funeraria Aragón, os queremos facilitar el proceso explicando en que consiste el impuesto de sucesiones en Aragón que, en noviembre del año pasado, entró en vigor. Las funerarias en Zaragoza, ya están al corriente de dichos cambios.

¿Qué es el impuesto de sucesiones y donaciones?

Cuando hablamos del impuesto de sucesiones y donaciones nos referimos a la cantidad de dinero que debe pagar la persona que recibe una herencia o de una donación en vida. En ocasiones, la herencia tiene unas cargas superiores a la cuantía a heredar, por ello es necesario conocer si debe o no rechazarse una herencia. En el caso de no haber heredero legítimo o no haber realizado un testamento los bienes pasarían a ser propiedad del Estado.

Es un impuesto directo que se aplica sobre los bienes o ingresos y se paga a la Administración Pública a través del formulario correspondiente de la Agenda Tributaria.

En cada comunidad autónoma se regula de manera diferente por lo que a continuación os detallaremos las novedades del impuesto en Aragón.

¿Cuáles son las novedades del impuesto de sucesión y donaciones en Aragón?

Sucesiones

A raíz de la entrada en vigor de la nueva ley existen una serie de novedades que es importante conocer.

La novedad más importante es que habrá una exención de hasta 500.000 euros para cónyuges, ascendientes o descendientes. Esta cantidad estará exenta del 100% en las herencias que reciban los cónyuges, ascendientes y descendientes de las personas que fallezcan en la comunidad aragonesa.

En el caso de que los herederos tengan una discapacidad de entre el 33% y el 65% la exención de 500.000 euros será mayor, elevándolo hasta los 575.000 euros. En cambio, si el heredero tiene una discapacidad superior al 65%, no será necesario pagar nada.

El texto también suprime la condición de que el patrimonio preexistente del contribuyente no podía exceder de 402.678 euros.

Sucesiones en Aragón

En el caso de hijos menores de edad de la persona fallecida, la reducción de 500.000 euros se incrementaría en 150.000 euros por cada hijo menor de edad que conviva con él.

Se amplía la reducción a descendientes de distinto grado como nietos y ulteriores y se recoge una reducción del 100% para la adquisición de la vivienda habitual de quién fallece y se eleva el límite de 125.000 euros a 200.000 euros. De la reducción se beneficiarán a su vez los parientes colaterales mayores de 65 años (hermanos) que vivan juntos en la casa familiar.

También regulan las herencias vinculadas a la fiducia. Se aplaza el pago del tributo hasta que el fiduciario designe los herederos y se produzca el reparto de los bienes correspondientes.

Por último se han equiparado las uniones de parejas estables no casadas a la conyugalidad, siempre que hubieran convivido 4 años.

Donaciones

El impuesto de las donaciones es el que tiene que pagar la persona receptora de una donación económica o un obsequio por parte de otra persona.

En cuanto al cónyuge e hijos, se incluye una bonificación del 65% para donaciones igual o inferior a 500.000 euros (donaciones acumuladas cinco años).

Si tienes dudas sobre los trámites burocráticos a realizar en el caso del fallecimiento de un familiar o que necesitas para la declaración de herederos no dudes en visitar nuestro blog.

Recuerda…

No olvides que Funeraria Aragón es tu funeraria de confianza. Sabemos lo complicado que resulta pasar por un momento tan duro como este, tanto como personas como trabajadores del sector. Nosotros te ayudaremos y te guiaremos en todo este proceso.

No olvides que ofrecemos todo tipo de servicios como funeraria en Zaragoza, tales como la asesoría jurídica tras el fallecimiento de un familiar, ya que el bienestar de nuestros clientes es lo que abala la larga trayectoria de nuestra empresa.