Tras el fallecimiento de un ser querido, es esencial contar con unos días libres, para superar el duelo, acudir al funeral o realizar lo trámites necesarios tras un fallecimiento. En España, la legislación laboral establece ciertos derechos y permisos para los trabajadores en caso de fallecimiento de un familiar cercano. A continuación, encontrarás respuestas a las preguntas más comunes relacionadas con los días de permiso por este motivo.

 

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¿Qué familiares se consideran cercanos para tener derecho a días de permiso por fallecimiento?

En España, los familiares considerados cercanos para tener derecho a días de permiso por fallecimiento son los siguientes: cónyuge o pareja de hecho registrada, ascendientes (padres y abuelos), descendientes (hijos y nietos), hermanos, cuñados, y aquellos parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado.

 

¿Cuántos días de permiso por fallecimiento se pueden tomar?

La duración de los días de permiso por fallecimiento varía según el grado de parentesco. A continuación, se detallan los días de permiso correspondientes:

a. Fallecimiento de cónyuge o pareja de hecho registrada: Hasta 5 días laborables.

b. Fallecimiento de ascendientes y descendientes de primer grado: Hasta 2 días laborables.

c. Fallecimiento de hermanos, cuñados y parientes hasta el segundo grado: 1 día laborable.

Estos días de permiso, se extienden en caso de necesitar desplazamiento; hasta 4 días.

Grado de Parentesco Días de Permiso
Cónyuge o pareja de hecho Hasta 5 días
Ascendientes y descendientes de primer grado Hasta 2 días
Hermanos, cuñados y parientes hasta el segundo grado 1 día

 

¿Cuándo se inician los días de permiso por fallecimiento?

Los días de permiso por fallecimiento se inician el mismo día del fallecimiento o a partir del día siguiente, según la elección del trabajador. Si el fallecimiento ocurre en un día no laborable, los días de permiso comenzarán a contar desde el primer día laborable posterior.

 

¿Los días de permiso por fallecimiento son remunerados?

Sí, los días de permiso por fallecimiento son considerados como días de trabajo efectivo y, por lo tanto, deben ser remunerados por el empleador. Durante estos días, el trabajador tiene derecho a percibir su salario habitual y a mantener todos los beneficios laborales correspondientes.

 

¿Es necesario presentar algún tipo de justificante o documentación?

En la mayoría de los casos, el empleador puede solicitar al trabajador un justificante del fallecimiento para comprobar la veracidad de la situación. Este justificante puede ser el certificado de defunción o cualquier otro documento oficial que acredite el fallecimiento y la relación de parentesco con el familiar.

 

¿Se pueden acumular los días de permiso por fallecimiento si ocurren varios fallecimientos en un corto período de tiempo?

En el caso de que ocurran varios fallecimientos de familiares cercanos en un corto período de tiempo, los días de permiso por fallecimiento no se acumulan. Cada fallecimiento da derecho a los días correspondientes de permiso, y estos deben ser tomados de manera consecutiva o discontinua según lo acordado entre el empleado y el empleador.

 

¿Existe alguna otra normativa específica a tener en cuenta?

Es importante tener en cuenta que algunos convenios colectivos o contratos de trabajo pueden establecer condiciones más favorables en cuanto a los días de permiso por fallecimiento. En estos casos, se aplicarán las disposiciones del convenio o contrato que otorguen mayores derechos al trabajador.

 

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